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MURO LEGAL EL DERECHO A DENUNCIAR USANDO UNA ASOCIACIÓN LEGAL SEGÚN LA DIRECTIVA DEL 23 DE OCTUBRE

ARTÍCULO 4 Y 6 DE LA DIRECTIVA DE DEFENSA DEL DENUNCIANTE DE CORRUPCIÓN. DIRECTIVA EUROPEA. El artículo 6 en su punto dos. (Artículo 6.2) afirma que ne la legislación de la unión Europea hay mecanimos de denuncia anónima. El artículo 4. Ambito de aplicación personal. Las medidas de protección del denunciante también se aplicarán a las entidades jurídicas que sean propiedad del denunciante,....,o con las que mantenga otro tipo de relación (en un contexto laboral) Ha habido hackeo y hay diferentes versiones de la directiva. En la directiva del año 2022, que damos por válida se reconocía perfectamente el derecho a usar una asociación para denunciar como forma de proteger personas incluso que no sean de la asociación. En la directiva también se reconocía el derecho de acudir a un familiar para que este denunciase por ti. O bien hay un hackeo corrupto e ilegal o ha habido unos extraños cambios de directiva que no serían legales. En cualquier caso se considera legal para proteger la privacid...